sábado, 15 de abril de 2017

COMUNA O NADA




COMUNA LAGUNA PARAISO

Con el propósito de estructurar LA COMUNA LAGUNA PARAÍSO, se han conformado tres equipos  promotores con la finalidad de fundar los Consejos Comunales necesarios para dicha comuna de tal manera:
El 30 de Marzo  los vecinos de la etapa III se reunieron y conformaron el equipo promotor con los ciudadanos: Dionisio Vásquez, Ángel Suarez, Luis Lagos, Felipe Romero y Juana Barrozzi.
El 5 de Abril también se reunieron los vecinos de la etapa II y conformaron el equipo promotor integrado por los vecinos: Naim Cumare, José Grillo, Daniela Figuera, Minerva Cardozo, Biannelys Reyes y Zuly Sánchez
El 8 de Abril el equipo promotor de la etapa I, también se conformó quedando integrado por los ciudadanos (as): María Alejandra Oropeza, Mercida de Contreras, Luis Simón Rosas Guaremas, Marbelle Rivero de Almeida, David Contreras y Manuel Rafael Naranjo.
Falta conformar el equipo promotor de la cuarta etapa y registrar una asociación civil de la comunidad para conformar nuestra comuna.



De la Comuna
Comuna
Artículo 5.
Es un espacio socialista que, como entidad local, es definida por la integración de comunidades vecinas con una memoria histórica compartida, rasgos culturales, usos y costumbres, que se reconocen en el territorio que ocupan y en las actividades productivas que le sirven de sustento, y sobre el cual ejercen los principios de soberanía y participación protagónica como expresión del Poder Popular, en concordancia con un régimen de producción social y el modelo de desarrollo endógeno y sustentable, contemplado en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación.
Propósito
Artículo 6.
La Comuna tiene como propósito fundamental la edificación del estado comunal, mediante la promoción, impulso y desarrollo de la participación protagónica y corresponsable de los ciudadanos y ciudadanas en la gestión de las políticas públicas, en la conformación y ejercicio del autogobierno por parte de las comunidades organizadas, a través de la planificación del desarrollo social y económico, la formulación de proyectos, la elaboración y ejecución presupuestaria, la administración y gestión de las competencias y servicios que conforme al proceso de descentralización, le sean transferidos, así como la construcción de un sistema de producción, distribución, intercambio y consumo de propiedad social, y la disposición de medios alternativos de justicia para la convivencia y la paz comunal, como tránsito hacia la sociedad socialista, democrática, de equidad y justicia social.
Finalidades
Artículo 7.
La Comuna tendrá como finalidad:
1. Desarrollar y consolidar el estado comunal como expresión del Poder Popular y soporte para la construcción de la sociedad socialista.
2. Conformar el autogobierno para el ejercicio directo de funciones en la formulación, ejecución y control de la gestión pública.
3. Promover la integración y la articulación con otras comunas en el marco de las unidades de gestión territorial establecidas por el Consejo Federal de Gobierno.
4. Impulsar el desarrollo y consolidación de la propiedad social.
5. Garantizar la existencia efectiva de formas y mecanismos de participación directa de los ciudadanos y ciudadanas en la formulación, y




ejecución y control de planes y proyectos vinculados a los aspectos territoriales, políticos, económicos, sociales, culturales, ecológicos y de seguridad y defensa.
6. Promover mecanismos para la formación e información en las comunidades
7. Impulsar la defensa colectiva y popular de los derechos humanos.
8 Todas aquellas determinadas en la Constitución de la República y en la Ley.

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